Luis-Capella_th_3Los mayores de 45 años NO EXISTEN en Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Nuevas Leyes, pero los mismos errores y discriminaciones para los mayores de 45 años.

 

 Fuente : Mujeres y Cia

El reciente Real Decreto (RD), a lo largo de sus 64 páginas (en PDF), sigue sin aplicar medidas correctoras EFICACES para solucionar el problema de 2 millones de parados con más de 45 años.

Primera Demostración
En el Artículo 4, titulado «Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores»  (Curiosa forma de incluir a los +45) se dice que:
«1. Con objeto de facilitar el empleo estable a la vez que se potencia la iniciativa empresarial, las empresas que tengan menos de 50 trabajadores «podrán «beneficiarse» de las siguientes bonificaciones:
b) Mayores de 45 años, que hayan estado inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social, cuya cuantía será de 108,33 euros/mes (1.300 euros/año) durante tres años.
El reciente Real Decreto (RD), a lo largo de sus 64 páginas (en PDF), sigue sin aplicar medidas correctoras EFICACES para solucionar el problema de 2 millones de parados con más de 45 años.Las bonificaciones, como ya se ha demostrado en años anteriores, NO han incentivado la contratación. En este caso, un +45 «vale» para el legislador 1300 euros /año y si es mujer, 1500 (125 €/mes) pero «en sectores en los que este colectivo esté menos representado«

Segunda Demostración

Disposición adicional decimosexta. Despidos colectivos que afecten a trabajadores mayores de 50 o más años en empresas con beneficios.

1. Las empresas que realicen despidos colectivos de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, que incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad, deberán efectuar una aportación económica al Tesoro Público, siempre que en tales despidos colectivos concurran las siguientes circunstancias:

a) Que sean realizados por empresas de más de 500 trabajadores o por empresas que formen parte de grupos de empresas que empleen a ese número de trabajadores.

b) Que afecten a trabajadores de 50 o más años de edad.

¿Verdad que se parece a las Bulas aquellas en las que pagando una cantidad se permitía comer carne los viernes?
O sea, usted puede mandar al paro a una persona de 50 a cambio de una «multa» que este RD califica como «aportación al Tesoro». De paso, se sube la edad para que el segmento entre 45 y 50 sea menos considerado, se le despide «gratis total»

Y ya está «solucionado» el problema de DOS millones de mayores de 45 años. Se supone que miles de «emprendedores» con menos de 50 empleados (ya me contarán quienes y cuantos son) abducidos por la motivante cifra de 1300 euros/año, van a ir corriendo a contratar a los DOS millones de parados +45.

Además, en caso de «tener que despedirlos», solo hace falta pagar la Bula, perdón la «aportación» al Tesoro.

Alguien dirá, «pues diga usted que medidas se pueden tomar«. Algunas ideas:

Demos por sentado que los empresarios no piensan contratar a los +45, en todo caso «prejubilarlos» o en Román paladino, mandarlos a la calle. Con esa primera premisa, el legislador debería partir de otra base, y dejarse de «subvenciones mileuristas anuales»  

Por ejemplo, partiendo de lo anterior, la ¿única? vía parece ser que de parado se pase a autónomo, es decir al autoempleo. Pero ese paso tiene varias dificultades.

  • Papeleo. Se deben hacer varios trámites y en varios sitios. Y eso gasta tiempo, burocracia. ¿Solución? Facilitar los trámites, menos papeleo.
  • Costes. El paso a trabajador autónomo supone asumir un pago mensual superior a los 300 euros/mes a la Seguridad Social. Soluciones: anularlo, reducirlo o posponer su pago. Curiosa comparación: esta persona debe pagar 3600 euros /año. Y el Articulo 4 «concede» 1300 o 1500 como incentivo. ¿Tiene sentido? 
  • Otros costes. IVA. Si se factura, hay que pagar, no vale trabajar en «negro». Y hay que llevar unas «cuentas» o sea contratar con un asesor, otro coste. Incluso hará falta un sitio para trabajar, un PC, teléfono, ADSL, etc. Solución: adapte la Ley de IVA, pase esa bonificación de 1300/1500 para pagar a Asesores (eso crea empleo), etc.
  • Financiación. Para empezar hace falta circulante. Un parado de +45 seguro que hasta ha vendido el reloj para comer. Solución: ICO, Busines Angels estatales o semi estatales, etc. Pásenle una bonificación fiscal a quien ayude en este tema
  • Formación/Reciclaje. Puede que una persona solo sepa «hacer una cosa». Y que esa «cosa» ya no sea una fuente de trabajo (como el ladrillo). Solución: Innovar, buscar nuevos Yacimientos de Empleo, ver que sectores son emergentes y con capacidad de absorber parados (que los hay) como por ejemplo lo que proponen en http://www.empleosenior.org/11.html.
  • Otra de formación. En el RD se habla y varias veces, que la formación estará a cargo de «Las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas» Solución: Visto el «éxito» de una gran parte de las «formaciones» impartidas por estos entes, o se cambian o se les pide mas rigor y seriedad en temarios, docentes y COSTES (a justificar)

Como ven, de estas sencillas soluciones, el RD no dice nada.

*Luis Capella, experto en marketing y docente es Director y responsable de la Estrategia general y de Marketing de www.hospitaldepymes.com y de www.empleosenior.org.